Historia Alternativa
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La Constitución de los Estados Confederados es la ley suprema de los Estados Confederados de América, aprobada el 11 de marzo de 1861. La Confederación también operó bajo una Constitución provisional desde el 8 de febrero al 11 de marzo de 1861. La Constitución provisional original se encuentra actualmente en el Museo de la Confederación en Richmond, y difiere ligeramente de la versión adoptada más tarde. El documento final, escrito a mano se encuentra actualmente en los Archivos Nacionales en Washington D.D..

En lo que respecta a la mayoría de los artículos de la Constitución, el documento es una copia palabra por palabra de la Constitución de los antiguos Estados Unidos. Sin embargo, existen diferencias fundamentales entre los dos documentos, en el tono y el contenido legal.

Historia[]

En 1861 seis estados del Sur profundo (Carolina del Sur,  Misisipi, Florida, Alabama, Georgia y Luisiana) se separaron de la Unión y se declararon independientes. Estos estados formaron una nueva nación, los Estados Confederados de América. En los meses que siguieron, otros siete estados los siguieron rápidamente (Texas, Virginia, Arkansas, Carolina del Norte, Tennessee, Kentucky y Misuri -estos últimos representados por un gobierno en el exilio-), dividiendo a los antiguos Estados Unidos de América en dos facciones rivales enfrentadas.

La convención constituyente se formó en febrero de 1861, justo después de la formación de los Estados Confederados. Robert Barnwell Rhett de Carolina del Sur, conocido como el "Padre de la secesión", acordó con los otros 50 delegados que el mejor modelo para inspirarse era en el estadounidense. Se nombró a Howell Cobb, abogado de Georgia y el ex Presidente de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, para presidir la asamblea constituyente, que se completó el 1 de marzo de 1861. A finales de ese año, los trece estados que formaban la Confederación ratificaron la Constitución. 

Firmantes[]

Los firmantes de la Constitución fueron: 

  • Howell Coob, presidente de la Asamblea Constituyente.
  • Carolina del Sur:  Robert Barnwell Rhett, C. G. Memminger, William Porcher Miles, James Chesnut, Jr., R. W. Barnwell, William W. Boyce, Lawrence M. Keitt, T. J. Withers.
  • Misisipi: Alex. M. Clayton, James T. Harrison, William S. Barry, W. S. Wilson, Walker Brooke, W. P. Harris, J. A. P. Campbell.
  • Florida: Jackson Morton, J. Patton Anderson, Jas. B. Owens.
  • Alabama: Richard W. Walker, Robt. H. Smith, Colin J. McRae, William P. Chilton, Stephen F. Hale, David P. Lewis, Tho. Fearn, John Gill Shorter, J. L. M. Curry.
  • Georgia: Francis S. Bartow, Martin J. Crawford, Benjamin H. Hill, Thomas R. R. Cobb.
  • Luisiana: Alex. de Clouet, C. M. Conrad, Duncan F. Kenner, Henry Marshall.
  • Texas: John Hemphill, Thomas N. Waul, John H. Reagan, Williamson S. Oldham, Louis T. Wigfall, John Gregg, William Beck Ochiltree.

Artículos de la Constitución[]

Artículo I[]

Sección 1: Con el fin de considerar nuevas enmiendas a la Constitución, se formará una Convención de estados, pero esta sólo será organizada cuando al menos diez estados (cinco de los cuales deben ser de los once Estados Confederados originales) y legalmente reunidos en varias convenciones exigan un convenio. Si es mediante el Congreso, cada vez que tres cuartas partes de ambas Cámaras lo juzguen necesario, este convocará una convención de todos los estados para tomar en consideración las modificaciones a la Constitución como los estados antes mencionados deberán concurrir al sugerir en el momento en que dicha demanda se hace, y si alguna de las propuestas de enmienda a la Constitución que convengan dicho convenio, votado por los Estados, y el mismo ratificado por las legislaturas de tres cuartas partes de los diversos Estados, o por las convenciones en las tres cuartas partes de los mismos, como el uno o el otro modo de ratificación podrá ser propuesto por la convención general, estas nuevas enmiendas formarán parte de la Constitución. Pero ningún Estado, sin su consentimiento, puede ser privado de su representación en el Senado.

Sección 2: El Congreso estará facultado para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

Artículo II[]

Sección 1: Ningún estado, al ser aceptado por el Congreso de los Estados Confederados con dicha condición dentro de la Confederación, tendrá el derecho de separarse de la Confederación.

Sección 2: Ningún estado puede negar el derecho de interponer su autoridad soberana a los actos del Congreso de los Estados Confederados y sus libertades, la propiedad y los intereses de sus ciudadanos, por lo que los criterios para la anulación de cualquier acto del Congreso por los tribunales estatales, justificada como una violación sobre los derechos de los estados y sus habitantes, serán los siguientes: la anulación de una ley del Congreso por un estado debe ser aprobada por una mayoría en una convención celebrada en dicho estado; al paso de un acto de la anulación, toda autoridad federal para la enumeró y anulado el acto se prohibirá que en dicho estado, y cuando la mayoría de los estados aceptan la anulación de uno o varios actos del Congreso en las convenciones de los estados, a continuación, toda la autoridad federal para el acto enumerado y anulado será prohibidos en cualquier lugar en los Estados Confederados y sus territorios; Un funcionario, agente o sucursal federal electo del Gobierno de los Estados Confederados pueden acosar, intimidar o amenazar a un estado o a sus habitantes para ejercitar los derechos reconocidos en esta Constitución. Un funcionario, agente o sucursal federal no electo del Gobierno de los Estados Confederados intentarán influir o utilizar su cargo para tratar de influir en las deliberaciones de la gente con respecto a la anulación de un acto del Congreso, ni la aceptación o rechazo de una causa de anulación un decreto del Congreso, cualquier oficial confederado militar, suboficial o funcionario federal o agente que realiza o intenta realizar cualquier pedido por un funcionario federal o agente de negar o dificultar el pueblo del estado de ejercer sus derechos en virtud de esta Constitución estarán sujetos a las leyes del estado ofendido y sólo podrán ser juzgados en consecuencia. Competencia judicial en esos casos se le niega específicamente a todos los tribunales federales, los tribunales militares, o cualquier otro tribunal que no sea los tribunales del estado ofendido.

Artículo III[]

Sección 1: Ninguna persona podrá ser elegida para el cargo de Presidente más de dos veces, y ninguna persona que haya desempeñado el cargo de Presidente, o actuó como Presidente, durante más de tres años de un período para el que otra persona fue elegido Presidente será elegido para el cargo de Presidente otra vez. Pero este artículo no se aplicará a toda persona que ocupe el cargo de Presidente cuando el mismo se propuso por el Congreso, y no impedirá a ninguna persona que desempeñe el cargo de Presidente o actúe como Presidente, durante el período en que el artículo en vigor, desempeñe el cargo de Presidente o actúe como Presidente durante el resto del referido período.

Sección 2: Este artículo quedará sin efecto a menos de que sea ratificado de acuerdo con los términos del Artículo V de la Constitución dentro de los siete años siguientes a la fecha de su presentación a los estados.

Artículo IV[]

Sección 1: Todas las personas de raza blanca que han nacido o son naturales de los Estados Confederados y están sujetos a su jurisdicción son ciudadanos libres de los mismos y de su estado o territorio de residencia.

Sección 2: Todas las personas de la raza conocida como Judios o hebreos que han nacido o son naturales de los Estados Confederados y están sujetos a su jurisdicción son ciudadanos libres de los mismos y de su estado o territorio de residencia.

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